Sabrina Martínez.

En México, el 70.1 % de las mujeres mayores de 15 años han vivido algún tipo de violencia y el 39.9% la ejerció su pareja (ENDIREH, 2021). Sin embargo, cuando ellas intentan salir del círculo de violencia, sobre todo cuando son mamás, sus parejas suelen amenazar con demandarlas por abandono de hogar o con quitarles la patria potestad de sus crías.

El delito de abandono familiar no debe confundirse con el abandono de hogar. El abandono de hogar hace referencia a una persona que sale de su domicilio familiar y dicha conducta no es un delito. El abandono familiar es cuando, no solo se sale del domicilio, sino que también se desatienden las obligaciones legales que se tienen hacia los hijos, adultos de edad avanzada, familiares que tienen a su cuidado o pupilos.

El abandono no solo puede suceder entre cónyuges, también entre padres e hijos, entre familiares mientras sean el pariente más cercano y estén en estado de necesidad y entre tutores con personas en estado de interdicción (que no son capaces legalmente y están bajo tutela).

Debido a que las niñas y los niños no son el único grupo de la población que puede verse afectado por el abandono, es importante analizar bien cada caso y observar las obligaciones que se tienen respecto a cada persona.

Delito de abandono familiar.

El Código Penal Federal establece en su artículo 336 “Al que sin motivo justificado abandone a sus hijos o a su cónyuge, sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de un mes a cinco años de prisión, o de 180 a 360 días multa; privación de los derechos de familia, y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado” (CPF, 1977). No debemos perder de vista que cada estado tiene su propio Código Penal y puede variar la forma de regular (redactar) la conducta, así como las penas correspondientes al delito.

Se incurre en abandono familiar cuando quien provee la mayor cantidad de dinero en casa deja desamparados a las personas que forman parte del núcleo familiar. En consecuencia, cuando quien sale del domicilio conyugal no sostiene económicamente la familia, ni afecta la economía del hogar al marcharse, no se le puede culpar del delito antes mencionado.

Gracias a las normas que existen hoy en día, (mayormente jurisprudencia) el o la jueza está obligada siempre a juzgar con perspectiva de género y velar por el bien mayor de las y los menores o personas en situación de vulnerabilidad, en consecuencia,

si una mujer sale del hogar para salvaguardar su integridad, en ninguna circunstancia debería recibir ningún tipo de condena por ello.

Si estas viviendo violencia física, psicológica, sexual, económica o de cualquier otro tipo por parte de tu pareja y quieres salir del domicilio, tienes la opción de juntar videos, fotos, capturas de pantalla de conversaciones, etc; acudir al centro de justicia para mujeres de tu estado y solicitar una orden de alejamiento con la cual tu pareja deberá salir del domicilio conyugal y marcará un precedente para que puedas solicitar la pérdida de la patria potestad –en caso de que tengan
hijos–.

Imagen de hacerfamilia.com

Consecuencias en el derecho familiar del abandono de hogar.

Dentro de un proceso de divorcio.

Desgraciadamente, el abandono de hogar como “causal de divorcio” todavía existe en cinco
estados de la república mexicana (Chihuahua, Guanajuato, Sinaloa, Sonora y Veracruz) lo que tiene como consecuencia que, si una persona sale del domicilio familiar antes de iniciar con en el proceso de divorcio, puede afectarle en el juicio.

Sin embargo, se puede prevenir cualquier dificultad al procurar pedir el divorcio lo antes posible al salir del domicilio, de igual manera, se recomienda solicitar, como medios preparatorios del juicio, el “permiso” al juez o jueza de dejar de cohabitar con el o la cónyuge (puedes comentarle a tu abogado o abogada que presente la solicitud).

Dentro de la sociedad conyugal.

Al momento de contraer matrimonio con alguien, puedes elegir vivir con bienes separados o en
sociedad conyugal. Cuando se elige lo primero, los bienes que se adquieren son propios y no de la pareja. Por otro lado, en sociedad conyugal, todos los bienes excepto los que se reciban por
donación, herencia, legado, o los que se tenían desde antes y no se incluyeron en las capitulaciones matrimoniales, pasan a ser de ambos cónyuges.

Cuando se abandona el domicilio conyugal, de forma “injustificada” por entre seis meses y un año –dependiendo la legislación aplicable–, al día del abandono se terminan los efectos de la sociedad conyugal y solo podrán comenzar de nuevo por convenio expreso. Lo que significa que los bienes o derechos que obtengan desde ese momento no serán de ambos, sino de la persona que lo adquiere.

En caso de vivir en concubinato (unión libre).

El concubinato suele definirse como la unión entre un hombre y una mujer libres de matrimonio, siempre que, sin impedimentos legales para contraerlo, hagan vida en común como si estuvieren casados de manera pública y permanente por un período mínimo de dos años o tengan hijos o hijas.

Cabe destacar que ya existen estado que regulan el concubinato entre parejas del mismo sexo y se pueden hacer valer en los estados que no lo regulan mediante amparo. El concubinato se da por terminado al abandonar el hogar, sin embargo, se puede quien no cuente con ingresos o bienes suficientes para su sostenimiento tienen derecho a una pensión alimenticia por un tiempo igual al que haya durado el concubinato.

Es sumamente importante revisar el código civil o familiar de tu estado, ya que, según la regulación, la ley otorga hasta un año para hacer solicitar alimentos y establecen excepciones entre ellas que no podrán reclamar alimentos los cónyuges que hayan demostrado ingratitud.

Donaciones antenupciales.

La donación consiste en la entrega gratuita y voluntaria de un bien a favor de otra persona. Cuando hablamos de donaciones antenupciales son las que se hacen, ya sea entre la pareja, o que un familiar o conocido hace a la pareja antes de casarse.

En casi todos los estados de la república el “abandono injustificado del domicilio conyugal” es suficiente para que se revoque una donación antenupcial hecha por uno de los cónyuges al otro. Sin embargo, esto solo puede llegar a perjudicar a las personas que recibieron bienes antes de casarse y por motivo de su matrimonio. Sin mencionar, que se tendría que demostrar que el abandono del hogar fue injustificado.

Si quieres salir del domicilio conyugal porque está en riesgo tu integridad o tu vida, hazlo sin miedo, la ley te protege. Si te están amenazando con demandarte por abandono, ten la certeza de que son amenazas vacías, acércate a redes de apoyo de mujeres, pregunta e infórmate, no estás sola.

Referencias:

Código Civil del Estado de Chihuahua. Artículo 256. (Periódico Oficial del Estado de Chihuahua, 25
de junio de 2022).
Código Civil del Estado de Guanajuato. Artículo 323. (Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, 8
de diciembre de 2022).
Código Civil del Estado de Veracruz. Artículo 141. (Periódico Oficial del Estado de Veracruz, 29 de
noviembre de 2016).
Código de Familia para el Estado de Sonora. Artículo 156. (Periódico Oficial del Estado de Sonora, 6
de junio de 2022).
Código Familiar del Estado de Sinaloa. Artículo 178. (Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, 23 de
septiembre de 2022).
Código Penal Federal. Artículo 336. (Diario Oficial de la Federación, 12 de noviembre de 2021).
INEGI (2021) Violencia Contra las Mujeres en México Encuesta Nacional Sobre la Dinámica de las
Relaciones en los Hogares
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/endireh/2021/doc/nacional_resultados.pdf
JUSTIA MÉXICO Derecho Civil (s.f) Fecha de recuperación 16 de enero de 2023.
https://mexico.justia.com/derecho-civil/
JUSTIA MÉXICO Divorcio (s.f) Fecha de recuperación 16 de enero de 2023.
https://mexico.justia.com/derecho-de-familia/divorcio/
Pentaweb. (4 de febrero de 2021) Abandono de hogar JC SERRANO ABOGADOS
https://www.jcserranoabogados.com/abandono-de-hogar-familiar/

Acerca del autor

Sabrina Martínez
+ posts

Futura abogada, defensora de los derechos de las mujeres y niñas, enamorada de la investigación y las letras. Sigo cuestionándome y procuro vivir cada esfera de mi vida desde el feminismo, ya que confío plenamente en la lucha de las mujeres y su inminente liberación.

Acerca del Autor

Sabrina Martínez

Futura abogada, defensora de los derechos de las mujeres y niñas, enamorada de la investigación y las letras. Sigo cuestionándome y procuro vivir cada esfera de mi vida desde el feminismo, ya que confío plenamente en la lucha de las mujeres y su inminente liberación.

Ver Artículos