Lic. María Fernanda Santos

De acuerdo a la Ley General en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, persona desaparecida es aquella que: persona cuyo paradero se desconoce y se presuma, a partir de cualquier indicio, que su ausencia se relaciona con la comisión de un delito. (Artículo 4 fracc XVI).

En ese sentido, existe la desaparición forzada de personas y la desaparición cometida por particulares.

La desaparición forzada de personas consiste en el delito en que un servidor público o el particular que, con la autorización o el apoyo de un servidor público, prive de la libertad en cualquier forma a una persona. De igual forma, se caracteriza por negar a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero. (Art 27)

Desaparición cometida por particulares: quien prive de la libertad a una persona con la finalidad de ocultar a la víctima o su suerte o paradero. (Art 34)

¿Qué hacer?

El colectivo de familiares de personas desaparecidas en Jalisco “Por Amor a Ellxs” recomienda lo siguiente:

  • Conformar acciones de prevención: medidas de autocuidado (identificar factores de riesgo), redes de apoyo/seguridad (enviar ubicación), plan de acción inmediata (herramientas para denunciar).
  • Presentarte ante la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas de tu entidad, pues tienen la obligación de atenderte y realizar acciones urgentes de búsqueda con perspectiva de género.
  • Realizar una denuncia ante la fiscalía especializada en materia de personas desaparecidas de tu entidad, quien tiene la obligación de coordinarse con las comisiones locales de búsqueda.
    • Tienes derecho a que se reciba tu denuncia de forma inmediata, sin dilaciones y sin esperar 72 horas. En caso de que no quieran atenderte o recibir tu denuncia, puedes presentar una queja ante la comisión de derechos humanos de tu localidad o a la Comisión Nacional si se trata de autoridades federales.
    • En caso de ser una niña o adolescente, las autoridades deben activar sus protocolos especializados, como el Protocolo Alba y a atender a los familiares (también víctimas) con dignidad, respeto, eficacia y sin re victimizar.
    • Como familiar de persona desaparecida, tienes derecho a conocer los avances de las investigaciones que realicen las autoridades, así como a seguir aportando datos que creas son importantes para la localización.

Recordemos que desde el caso Campo Algodonero ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, una desaparición de mujeres, niñas y adolescentes puede representar un posible feminicidio.

Ilustración por Ana María Lagos

Ilustración por Ana María Lagos